
¿QUIÉN PUEDE POSTULAR?
Pueden postular instituciones privadas sin fines de lucro con personalidad jurídica vigente con al menos dos años de antigüedad. Dentro de sus estatutos debe incluir actividades o temáticas relacionadas con la tenencia responsable de animales de compañía o mascotas. Para postular a la Línea N°2, además, debe estar inscrita en el Registro Nacional de Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas o Animales de Compañía.
El concurso fomenta la protección de la salud y bienestar del animal mediante la tenencia responsable, financiando asistencia, tratamiento médico, rescate, adopción de animales, entre otras, según normativas vigentes.
Cada institución puede postular solo una iniciativa en una de las líneas disponibles. Te recomendamos leer en detalle el instructivo antes de elegir tu línea de postulación (punto 5.3 instructivo). A continuación, encontrarás un resumen:

El punto 5.4 detalla los tipos de productos que pueden financiarse en cada línea de postulación, desde el transporte y atención veterinaria para animales rescatados, hasta la gestión adecuada de residuos, jornadas de sensibilización comunitaria y creación de materiales educativos, entre otros.
El punto 5.5 detalla restricciones específicas, como limitar el gasto en equipamiento al 50%. No se financian gastos básicos, alimentación del personal, ni arriendos de bienes propios. Excepcionalmente, de transporte de animales, bajo límites definidos.
Recuerda que esta es una guía simplificada. Por lo tanto, te invitamos a revisar el instructivo oficial para más detalles y formular tu proyecto correctamente.